En estos momentos, el equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Marratxí, está trabajando para incorporar una nueva figura a la que se pueda atender.
Para cualquier necesidad, puede contactar al correo hola@marratxi.es.
Gracias por la comprensión.
Por acuerdo unánime de los grupos con representación municipal, Eusèbia Rayó Ferrer fue nombrada y tomó posesión como Defensora de la Ciudadanía de Marratxí en el pleno de agosto de 2018.
El Reglament del Defensor o Sindic de Greuges de Marratxí, que es va introduïr al municipi a finals de 2017, regula i desenvolupa l’àmbit d’actuació i les funcions del DCM. Del mateix es desprèn com a objectiu principal ser canal de diàleg, estudi i seguiment dels problemas i inquietuds que viuen els ciutadans i ciutadanes de Marratxí davant l’Administració municipal
Però més enllà d’aquest Reglament el Defensor vol ser un element de suport i orientació per els ciutadans i també contribuir a la millora de l´administració local; fent propostes i recomanacions que afavoreixin les condicions de la qualitat de vida de la població i fent-les arribar a les àrees, organismes i entitats municipals corresponents. Tota aquesta tasca ens permetrà obtenir una auditoria externa dels processos administratius i de la gestió municipal.
Amb l’agraïment al suport, de tota la Corporació, dels funcionaris i de totes les àrees de gestió municipal i amb la confiança dipositada pels ciutadans i ciutadanes de Marratxí, emprenc amb la major il·lusió i compromís aquesta tasca de representació ciutadana.
La Defensora de la Ciudadanía de Marratxí es una institución municipal independiente y autónoma a la acción de la gestión municipal con el objetivo y el espíritu de defender y salvaguardar las libertades y derechos fundamentales de la ciudadanía, en cuestiones relativas a los servicios prestados por el Ayuntamiento de Marratxí a través de sus áreas.
La Defensora de la Ciudadanía puede intervenir bien por solicitud de los ciudadanos. También puede intervenir por iniciativa propia, o de oficio, cuando entienda que la administración municipal puede producir directa o indirectamente una vulneración de los derechos de la ciudadanía.
La Defensora llevará a cabo las funciones de representación, investigará y resolverá los expedientes iniciados y las quejas formuladas.
Cualquier persona física o jurídica que demuestre un interés legítimo relativo al objeto de la queja, respecto a la Administración municipal podrá dirigirse a la Defensora (aunque no esté empadronado en el municipio, así como no será impedimento la nacionalidad , la residencia, la minoría de edad, la incapacidad legal, ni el internamiento en un centro penitenciario o de reclusión) para solicitar su intervención, sin restricción de ningún tipo, con la única excepción de aquellas personas con dependencia funcionarial o laboral de la administración municipal o de los organismos dependientes, en aquellas cuestiones relativas al ámbito de las relaciones laborales o de servicio.
Todas las actuaciones de la Defensora son gratis para la persona interesada.
Las decisiones y las resoluciones no podrán ser objeto de recurso de ningún tipo, sin perjuicio de los recursos administrativos o jurisdiccionales que proceden contra el acto, la resolución o la actuación que haya motivado la queja y su intervención.
La Defensora de la Ciudadanía no puede intervenir cuando las reclamaciones se relacionan en el ámbito de actuación de competencias del Ombudsman europeo, el defensor/a del Pueblo o el defensor del pueblo de las Illes Balears; en estos casos se remitirán a los mismos.
Igualmente, tampoco intervendrá sobre cuestiones que son conocidas por los juzgados o tribunales de justicia y si la intervención de los tribunales o juzgados se produce cuando la Defensora de la Ciudadanía hubiera iniciado sus actuaciones, este deberá suspender los trámites que haya podido comenzar.
Tampoco puede intervenir cuando se manifiesta mala fe o uso abusivo del procedimiento, con el interés de perturbar a la Administración y cuando no se aprecia interés legítimo o no se indica la persona interesada.
Se presentarán por escrito o verbalmente. En todo caso deberá quedar constancia del nombre y apellidos, el DNI y el domicilio de la persona interesada, teléfono y e-mail si se da el caso, así como su firma.
Las quejas se pueden entregar en persona a las unidades de registro municipales, o por correo electrónico dcm@marratxi.es
No se pueden presentar quejas de las que haya transcurrido un año desde que la persona afectada tuvo conocimiento de la conducta o los hechos susceptibles de motivar una queja. Sin embargo, cuando el inicio de las actuaciones es de oficio no existe ningún plazo.
Las personas que deseen presentar sus quejas verbal y presencialmente pueden dirigirse a los lugares y horarios establecidos de atención de la Defensora de la Ciudadanía de Marratxí:
Ayuntamiento de Marratxí
Calle de n’Olesa, 66
– martes 10 a 12 h
Avenida Antonio Maura, 56
Edificio Erika, planta baja
– jueves 17 a 19 h